Código Procesal Penal Artículo 397 bis B Estado de Oaxaca
Código Procesal Penal
Artículo 397 bis B. Sentencia en el procedimiento abreviado
Terminado el debate, el juez emitirá su fallo sobre condena o absolución en la misma audiencia y deberá dar lectura pública a la sentencia, dentro de un plazo de cuarenta y ocho horas, explicando brevemente su contenido.
Se dictará sentencia condenatoria cuando exista una base fáctica suficiente para sustentar el delito y la participación del imputado en él, con base en indicios independientes de la aceptación de los hechos por el imputado y en ningún caso se impondrá una pena superior a la solicitada por el Ministerio Público.
El procedimiento abreviado no impedirá la concesión de alguna de las medidas sustitutivas consideradas en la ley, cuando correspondiere.
Estado de Oaxaca Artículo 397 bis B Código Procesal Penal
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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?
Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
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